Carlos Pallas Rodríguez | Arquitecto

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Nuevos modelos del certificado energético en 2026: etiquetas, programas y documentos oficiales!

A partir del 30 de septiembre de 2026, la certificación energética incorpora una segunda fase de cambios que afectará directamente a la documentación utilizada por los técnicos certificadores.

Aunque esta modificación pasa más desapercibida para los propietarios que la reforma sobre los técnicos competentes, supone una actualización importante de los modelos oficiales, las etiquetas energéticas y los archivos electrónicos empleados para registrar los certificados.

Si eres arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o realizas certificados energéticos con herramientas como CE3X, HULC o CERMA, conviene conocer qué cambia para evitar problemas al registrar los certificados emitidos a partir de esa fecha.

¿Qué entra en vigor el 30 de septiembre de 2026?

Mientras que la reforma de julio estaba orientada a regular quién puede elaborar certificados energéticos, la actualización de septiembre se centra en la documentación técnica del procedimiento.

Desde esa fecha comenzarán a utilizarse nuevos documentos reconocidos por la Administración que sustituyen a los modelos empleados hasta ahora.

Hasta el 29 de septiembre de 2026 podrán seguir utilizándose los formatos anteriores. Sin embargo, los certificados emitidos posteriormente deberán ajustarse a la nueva documentación oficial.

Esto implica que tanto los programas de certificación como las plataformas de registro de las comunidades autónomas deberán adaptarse a las nuevas especificaciones.

¿Qué documentos cambian?

La actualización no afecta únicamente al certificado que recibe el propietario.

En realidad, modifica todo el conjunto documental que forma parte del procedimiento de certificación energética.

Entre los documentos que se actualizan destacan:

  • el modelo oficial del certificado;
  • las etiquetas energéticas;
  • el documento de calificación energética;
  • el informe técnico en formato XML;
  • los esquemas de validación del archivo electrónico;
  • las especificaciones técnicas utilizadas por los programas de certificación.

Aunque muchos de estos documentos pasan desapercibidos para el usuario final, constituyen la base sobre la que trabajan las aplicaciones informáticas y los registros autonómicos.

Tres etiquetas energéticas diferentes

Uno de los cambios más visibles será la existencia de tres modelos distintos de etiqueta energética.

Hasta ahora, la documentación utilizada para edificios terminados y edificios existentes era prácticamente la misma. Con la nueva regulación cada situación contará con su propia etiqueta identificativa.

Se diferenciarán claramente los certificados correspondientes a:

  • proyectos de edificios;
  • edificios de obra terminada;
  • edificios existentes.

El objetivo es evitar confusiones y facilitar la identificación del momento en que se ha realizado la certificación.

No es lo mismo evaluar un edificio que todavía está proyectado que otro que ya ha sido construido o una vivienda que lleva años en uso.

La nueva documentación pretende reflejar esa diferencia de forma mucho más clara.

El certificado cambia de aspecto

Además de las nuevas etiquetas, también cambia la estructura del certificado energético.

La información seguirá siendo esencialmente la misma, pero se reorganizan diversos apartados para mejorar la presentación del documento.

Algunos datos cambian de ubicación y aparecen nuevos anexos destinados a organizar mejor la información técnica del certificado.

Para el propietario estas modificaciones apenas tendrán repercusión.

Sin embargo, los técnicos deberán familiarizarse con el nuevo formato para comprobar que toda la información requerida se incorpora correctamente antes de registrar el certificado.

El archivo XML cobra aún más importancia

Aunque muchos usuarios nunca llegan a verlo, el archivo XML es uno de los elementos fundamentales de la certificación energética.

Este archivo contiene toda la información técnica del certificado en un formato estructurado que permite a las plataformas autonómicas procesar automáticamente los datos.

Con la actualización de septiembre también cambia este formato.

Se incorporan nuevos esquemas de validación que obligarán a revisar el funcionamiento de los programas utilizados por los técnicos y de las aplicaciones empleadas por las administraciones para registrar los certificados.

En otras palabras, no basta con imprimir correctamente el certificado en papel o en PDF; también será imprescindible que el archivo electrónico cumpla las nuevas especificaciones técnicas.

¿Habrá que actualizar CE3X, HULC y CERMA?

La respuesta es sí. Todas las herramientas reconocidas para realizar certificaciones energéticas deberán adaptarse a la nueva documentación oficial.

Esto significa que los profesionales deberán comprobar que utilizan versiones actualizadas de los programas antes de emitir certificados después del 30 de septiembre de 2026.

Trabajar con versiones antiguas podría generar archivos incompatibles con los registros autonómicos o producir certificados que ya no se ajusten a la normativa vigente.

Por ello, resulta recomendable revisar periódicamente las actualizaciones publicadas por los desarrolladores de cada aplicación y seguir las instrucciones que vaya publicando cada comunidad autónoma.

¿Qué cambia para los propietarios?

Desde el punto de vista del propietario, las novedades serán prácticamente invisibles.

El procedimiento continuará siendo el habitual:

  • contratar a un técnico competente;
  • permitir la visita al inmueble;
  • recibir el certificado energético;
  • registrar la documentación en la comunidad autónoma correspondiente;
  • obtener la etiqueta energética.

Lo importante será que el profesional encargado de realizar el certificado utilice los nuevos modelos oficiales cuando la normativa ya los exija.

Por tanto, el propietario no tendrá que aprender un procedimiento nuevo ni realizar trámites adicionales.

El certificado energético sigue siendo imprescindible

La actualización documental no modifica los casos en los que el certificado energético es obligatorio.

Seguirá siendo necesario para numerosas operaciones inmobiliarias, entre ellas:

  • la venta de viviendas;
  • el alquiler a nuevos arrendatarios;
  • edificios de nueva construcción;
  • determinadas ampliaciones o rehabilitaciones;
  • algunos edificios públicos y edificios de uso terciario en los supuestos previstos por la legislación.

Asimismo, continuará siendo un documento imprescindible para justificar mejoras energéticas cuando se soliciten determinadas subvenciones o incentivos fiscales.

¿Hay que renovar los certificados ya emitidos?

No.

La entrada en vigor de los nuevos modelos no invalida automáticamente los certificados anteriores.

Si un certificado continúa dentro de su periodo de vigencia, seguirá siendo plenamente válido hasta su fecha de caducidad, salvo que exista alguna circunstancia específica que obligue a emitir uno nuevo.

Únicamente los certificados emitidos después de la entrada en vigor deberán elaborarse utilizando la nueva documentación oficial.

La visita al inmueble sigue siendo obligatoria

A pesar de los cambios administrativos y documentales, hay un aspecto que permanece inalterado.

El técnico competente debe seguir visitando personalmente el inmueble antes de emitir el certificado energético.

Durante esa inspección recopila la información necesaria sobre la envolvente térmica, carpinterías, instalaciones, sistemas de climatización, producción de agua caliente sanitaria y demás elementos que determinan el comportamiento energético del edificio.

La reforma de 2026 no elimina esta obligación ni permite sustituir la inspección presencial por fotografías, planos o información facilitada únicamente de forma telemática.

Recomendaciones para los técnicos

La entrada en vigor de los nuevos documentos hace recomendable revisar varios aspectos antes de emitir certificados a partir del 30 de septiembre.

Conviene comprobar que:

  • el programa de certificación está actualizado;
  • el modelo de certificado corresponde a la nueva normativa;
  • el archivo XML generado es compatible con los nuevos esquemas de validación;
  • la plataforma autonómica admite la nueva documentación;
  • las plantillas y procedimientos internos del estudio también se han adaptado.

Realizar estas comprobaciones evitará incidencias durante el registro del certificado y reducirá el riesgo de tener que repetir el trabajo por incompatibilidades técnicas.

Espero que esta información te haya sido útil, y te animo a seguir atento, ya que cada tanto publicaré un nuevo artículo con temas relacionados que podrían ser de tu interés. Si tienes alguna duda puedes dejarme un comentario.

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