Cuando se realizan proyectos de rehabilitación de viviendas, siempre me surge la misma duda: ¿cuál es el alcance real a considerar para el cálculo del HE? ¿La instalación de un trasdosado interior implica que actuamos sobre el cerramiento o se trata simplemente de una mejora? ¿Se aplica lo mismo al SATE? ¿La colocación de una teja sobre la cubierta existente se considera una modificación de la misma? ¿Dónde establecemos el límite para determinar que intervenimos en la envolvente, y por ende, debemos tener en cuenta la proporción de envolvente modificada para el cálculo del HE0 y del HE1?
Después de leer diversos estudios y fuentes, he llegado a una conclusión unívoca: se considera que se ha modificado un elemento de la envolvente cuando cambian sus condiciones de comportamiento.
La envolvente térmica de un edificio está compuesta por todos aquellos elementos constructivos que separan los espacios habitables del exterior o de zonas no acondicionadas. Su función principal es garantizar el confort térmico en el interior, minimizando las pérdidas y ganancias de calor y contribuyendo a la eficiencia energética del inmueble.
Cuando se habla de modificación de la envolvente, nos referimos a cualquier intervención que altere las propiedades térmicas, constructivas o funcionales de estos elementos. Sin embargo, no todas las intervenciones sobre la envolvente pueden considerarse modificaciones desde el punto de vista normativo o energético.
Se considera que se ha modificado la envolvente térmica cuando se altera el comportamiento térmico de uno o varios de sus elementos, ya sea por cambios en materiales, métodos constructivos o detalles constructivos que afecten significativamente su transmitancia. En la práctica, el criterio de intervención se aplica de la siguiente manera:
Menos del 25%: Si las modificaciones se realizan en menos del 25% de la superficie total de la envolvente, se evalúa que el impacto global sobre el comportamiento térmico es limitado, y en muchos casos no es necesario incluirlo en el cálculo de los índices HE0 y HE1.
25% o mayor: Cuando la intervención afecta el 25% o más de la superficie total, se considera que existe una modificación relevante de la envolvente, debiendo, por tanto, tenerse en cuenta para el cálculo de HE0 y HE1.
Este criterio se fundamenta en la idea de que las alteraciones deben ser suficientemente amplias para modificar el balance global de la envolvente. Sin embargo, es fundamental revisar la normativa y las especificaciones técnicas aplicables a cada proyecto, ya que algunos reglamentos locales o sectoriales pueden proponer criterios específicos o excepciones.
Intervenciones que constituyen una modificación de la envolvente
Incorporación o mejora del aislamiento térmico en fachadas y cubiertas:
- Aplicación de Sistemas de Aislamiento Térmico por el Exterior (SATE).
- Instalación de aislamiento en la cámara de aire o mediante trasdosados interiores.
- Adición de aislamiento en cubiertas, tanto en el exterior como en el interior.
- Mejora del aislamiento térmico en forjados que separan espacios habitables de zonas no acondicionadas (garajes, trasteros, porches, etc.).
Sustitución de carpinterías y vidrios en los huecos de fachada:
- Cambio de ventanas por otras con mejor coeficiente de transmitancia térmica (Uw).
- Instalación de vidrios dobles o triples con cámaras de gas inerte.
- Mejora de los marcos mediante materiales con menor conductividad térmica.
Actuaciones sobre la estanqueidad al aire:
- Sellado de infiltraciones y mejoras en la hermeticidad de la envolvente.
- Instalación de sistemas de protección solar o elementos de sombreado con incidencia en la ganancia térmica.
Intervenciones que no se consideran una modificación de la envolvente
Aplicación de revestimientos decorativos o de protección sin función aislante:
- Pinturas, enfoscados o aplacados que no alteren el aislamiento térmico.
- Sustitución de acabados exteriores o interiores sin añadir aislamiento.
Reparaciones o mantenimiento sin mejora del aislamiento térmico:
- Reparación de grietas o fisuras en fachada sin cambios en la composición del cerramiento.
- Sustitución de tejas o impermeabilización de cubiertas sin adición de aislamiento térmico.
Cambio de elementos exteriores sin impacto en la transmitancia térmica:
- Renovación de persianas o cajones de persiana sin mejora en su aislamiento.
- Instalación de elementos decorativos (molduras, paneles, etc.).
Importancia de definir correctamente una modificación de la envolvente
Identificar correctamente qué actuaciones constituyen una modificación de la envolvente es fundamental por varias razones:
Normativa y cumplimiento de requisitos energéticos: Muchas normativas de eficiencia energética establecen requisitos específicos para las intervenciones en la envolvente, como el Código Técnico de la Edificación (CTE DB-HE) en España.
Subvenciones y ayudas: En numerosos programas de rehabilitación energética, solo se consideran subvencionables las intervenciones que realmente mejoran la eficiencia térmica del edificio.
Impacto en el confort y el consumo energético: Una intervención que modifique la envolvente puede reducir la demanda de calefacción y refrigeración, mejorando el confort térmico de los ocupantes y reduciendo la factura energética.
Por tanto, al abordar cualquier actuación en la envolvente de un edificio, es imprescindible analizar si se trata de una modificación en términos de eficiencia energética, para garantizar el cumplimiento de la normativa y aprovechar los beneficios asociados.
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