La certificación energética de los edificios inicia una de las actualizaciones más importantes de los últimos años. Durante 2026 entran en vigor diversas modificaciones que afectan tanto a los profesionales que elaboran los certificados como a la documentación utilizada para emitirlos y registrarlos.
Aunque para la mayoría de propietarios el procedimiento seguirá siendo prácticamente el mismo, conviene conocer qué cambia realmente y cómo pueden influir estas novedades si se pretende vender, alquilar o rehabilitar un inmueble.
¿Por qué se modifica la certificación energética?
La certificación energética se ha convertido en un documento imprescindible dentro del sector inmobiliario. Ya no solo es necesaria para muchas operaciones de compraventa y alquiler, sino que también resulta fundamental para justificar mejoras energéticas, acceder a subvenciones o beneficiarse de determinadas deducciones fiscales.
La normativa europea exige avanzar hacia un parque edificatorio más eficiente y con menores emisiones de CO₂. Para conseguirlo, España adapta periódicamente su legislación con el objetivo de mejorar la calidad de los certificados, reforzar el control sobre los técnicos que los elaboran y modernizar los procedimientos administrativos.
Las modificaciones previstas para 2026 responden precisamente a esa necesidad de actualizar el sistema.
Dos fechas que conviene recordar
Las novedades no llegan todas al mismo tiempo, sino que se implantan en dos fases claramente diferenciadas.
La primera comienza el 23 de julio de 2026, con la entrada en vigor de los nuevos requisitos para acreditar a los técnicos competentes encargados de emitir certificados energéticos.
La segunda llegará el 30 de septiembre de 2026, fecha en la que empezarán a utilizarse nuevos modelos oficiales de certificados, nuevas etiquetas energéticas y un formato electrónico actualizado para el registro de la documentación.
Aunque ambas reformas están relacionadas, cada una afecta a aspectos distintos del procedimiento.
¿Qué cambia para los propietarios?
Quienes necesiten un certificado energético probablemente apenas perciban diferencias durante el proceso.
Seguirá siendo necesario contratar a un técnico competente, permitir la visita al inmueble, realizar la toma de datos, elaborar el certificado y registrarlo en la comunidad autónoma correspondiente.
Sin embargo, sí habrá dos aspectos especialmente importantes.
Por un lado, será recomendable comprobar que el profesional está correctamente habilitado conforme a la nueva normativa.
Por otro, habrá que asegurarse de que el certificado se ha emitido utilizando los modelos oficiales vigentes en la fecha correspondiente.
Más allá de estos aspectos, el procedimiento continuará siendo muy similar al actual.
Una reforma que afecta sobre todo a los profesionales
Las principales novedades recaen, en este caso, sobre los arquitectos como yo, como profesional autorizado para realizar certificaciones energéticas.
La nueva regulación define con mayor precisión quién puede emitir certificados según su formación y experiencia, establece un sistema de acreditación mediante declaración responsable y crea un registro administrativo que permitirá a las administraciones comprobar la habilitación de cada técnico.
Además, los programas utilizados para elaborar los certificados deberán adaptarse a nuevos formatos y especificaciones técnicas.
Todo ello persigue mejorar la calidad de las certificaciones y aportar mayor seguridad tanto a los propietarios como a las administraciones públicas.
La certificación energética seguirá siendo imprescindible
Conviene recordar que esta actualización normativa no modifica los supuestos generales en los que el certificado energético es obligatorio.
Continuará siendo necesario, entre otros casos, para vender una vivienda, alquilarla a un nuevo inquilino, certificar edificios de nueva construcción o justificar determinadas actuaciones de rehabilitación energética.
Del mismo modo, el certificado seguirá siendo un documento fundamental para acceder a numerosas ayudas públicas relacionadas con la mejora de la eficiencia energética de los edificios.
¿Hay que renovar los certificados ya emitidos?
Una de las dudas más habituales es si todos los certificados tendrán que renovarse cuando entren en vigor las nuevas normas. La respuesta es no.
Los certificados que ya se encuentren vigentes seguirán siendo válidos hasta que expire su periodo de vigencia, salvo que se realicen reformas importantes que aconsejen emitir uno nuevo o exista alguna circunstancia específica prevista por la normativa.
Por tanto, la entrada en vigor de los nuevos modelos no obliga automáticamente a sustituir los certificados existentes.
Próximo artículo
Nuevos requisitos para emitir certificados energéticos en 2026: quién puede ser técnico competente y cómo acreditarse
En el siguiente artículo analizaremos en detalle el Real Decreto 659/2025, explicando cómo funciona la declaración responsable, qué es el nuevo Registro Administrativo Centralizado de Técnicos Competentes y qué deben hacer los profesionales que ya estaban ejerciendo antes de la entrada en vigor de la reforma.
Espero que esta información te haya sido útil, y te animo a seguir atento, ya que cada tanto publicaré un nuevo artículo con temas relacionados que podrían ser de tu interés. Si tienes alguna duda puedes dejarme un comentario.






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