Si estás planeando construir tu vivienda en Galicia, es fundamental conocer las normas de habitabilidad que garantizan que tu hogar cumpla con los requisitos mínimos de seguridad, funcionalidad y bienestar. Estas normas, recogidas en el Decreto 29/2010 y modificadas por el Decreto 128/2023, establecen parámetros obligatorios para cada vivienda, permitiendo a los propietarios y profesionales del sector diseñar espacios que respondan a las necesidades reales.
En esta guía te menciono algunos de los aspectos clave que debes tener en cuenta, pero quedo a tu disposición para profundizar en ellos y ofrecerte todo el asesoramiento necesario para tu futura vivienda.
Composición Mínima de la Vivienda
Según la normativa vigente, toda vivienda debe contar con una serie de espacios esenciales que aseguren la habitabilidad y el uso funcional del inmueble. Entre ellos se incluyen:
Estancia mayor: Este espacio debe poder cumplir múltiples funciones, como zona de estar, comedor e incluso, en algunos casos, área de trabajo. Se prevé que sea la pieza más amplia de la vivienda.
Cocina: La cocina puede estar diseñada como un espacio independiente o integrada en la estancia principal, pero en ambos casos debe contar con una adecuada ventilación e iluminación natural para el correcto desarrollo de sus funciones.
Cuarto de baño: Es obligatorio que exista por lo menos un cuarto de baño que incluya, como mínimo, un inodoro, un lavabo, la preinstalación del bidet, y una ducha o bañera. La normativa exige que este espacio esté separado del resto de las dependencias para garantizar la privacidad y la funcionalidad.
Dormitorio(s): La vivienda debe disponer de dormitorios salvo que se trate de un estudio, con dimensiones mínimas que permitan ubicar una cama y disponer de circulación libre.
Lavadero/Tendedero: En obra nueva es necesario contar con un espacio destinado al lavado y tendido de ropa, pudiendo en algunos casos accederse desde la cocina.
Almacenamiento: Finalmente, la vivienda debe incluir soluciones de almacenamiento, ya sea a través de armarios empotrados y trasteros. Esto mejora la organización y permite mantener el resto de la vivienda libre de acumulación de objetos.
Superficies Mínimas
Aunque el Decreto de Habitabilidad de Galicia no fija una superficie útil mínima total para la vivienda, sí establece dimensiones mínimas para las distintas estancias, garantizando que la distribución interior cumpla unos estándares de funcionalidad y confort. La superficie mínima de la estancia principal depende del número total de estancias de la vivienda (excluyendo baños, aseos, lavaderos, tendederos y espacios de almacenamiento). Así, en viviendas de una sola estancia, esta debe tener al menos 25 m²; en viviendas con dos estancias, 16 m²; con tres, 18 m²; con cuatro, 20 m²; con cinco, 22 m²; y con más de cinco estancias, un mínimo de 25 m². Además, la estancia principal debe tener un ancho libre mínimo entre paramentos enfrentados de 2,70 metros y permitir inscribir en planta un cuadrado de 3,30 metros de lado.
En cuanto a los dormitorios, al menos uno debe tener una superficie útil mínima de 12 m² si es doble, mientras que los dormitorios individuales deben tener un mínimo de 8 m². Los anchos libres mínimos son de 2,60 m en dormitorios dobles y 2,20 m en los individuales. Además, cada dormitorio debe contar con un espacio de almacenamiento integrado o anexo, con una profundidad mínima de 0,60 m y una altura de al menos 2,20 m.
La cocina también tiene superficies mínimas vinculadas al número de estancias de la vivienda. Así, en viviendas de una sola estancia, la cocina debe tener al menos 5 m²; en viviendas de dos o tres estancias, 7 m²; en las de cuatro o cinco, 9 m²; y en viviendas con más de cinco estancias, un mínimo de 10 m². En todos los casos, debe haber un ancho libre mínimo entre paramentos de 1,80 metros. Si la cocina se integra en la estancia principal, la superficie mínima exigida será la suma de las superficies correspondientes a cada una, manteniéndose igualmente las condiciones dimensionales específicas de cada zona.
Respecto al baño, la normativa establece una superficie útil mínima de 5 m², con una dimensión libre entre paramentos enfrentados de al menos 1,60 metros. El baño puede dividirse en dos espacios comunicados, siempre que la suma de ambas superficies cumpla el mínimo establecido y cada uno de los espacios respete las condiciones de ancho. Cuando la vivienda requiere un segundo aseo, este debe tener al menos 1,5 m² y un ancho libre mínimo de 1,20 metros.
También se exige la existencia de un lavadero y un tendedero, que pueden estar separados o integrados, siempre que se garanticen una superficie útil mínima de 1,5 m² y un ancho libre de 1,20 metros en cada uno. En el caso de obras de remodelación, no será necesario prever un espacio específico para el lavadero.
Por último, toda vivienda debe disponer de un espacio de almacenamiento adicional, cuya superficie útil mínima varía en función del número de estancias principales: 1 m² para viviendas de una estancia, 2 m² para dos estancias, y así sucesivamente hasta alcanzar un mínimo de 6 m² en viviendas con más de cinco estancias. También debe contar con un trastero de 4,00 m² con una ancho de 1,60 m.
La planificación del proyecto debe tener en cuenta todas estas condiciones desde el inicio, no solo para garantizar el cumplimiento normativo y la obtención de la cédula de habitabilidad, sino también para evitar futuras reformas o limitaciones en el uso de la vivienda.
Altura Libre y Relación entre Estancias
El Decreto 128/2023 simplifica y aclara los requisitos en cuanto a la altura libre de las estancias. Se establece una altura mínima de 2,50 m en la mayoría de los espacios habitables, lo que garantiza una sensación de amplitud y facilita la instalación de mobiliario. Sin embargo, en situaciones específicas como la conversión de locales a viviendas, se permite reducir ligeramente esta altura a 2,40 m, siempre y cuando se justifique adecuadamente.
En los espacios situados bajo cubierta, como buhardillas o estancias con techos inclinados, la normativa gallega de habitabilidad establece condiciones específicas para garantizar su funcionalidad y confort. En estos casos, al menos el 70% de la superficie útil de la estancia debe contar con una altura libre mínima de 2,50 metros en el caso de dormitorios y de 2,20 en pasillos y baños. Además, para que cualquier superficie sea considerada útil, debe tener una altura mínima de 1,80 metros, quedando excluidas del cómputo aquellas zonas con menor altura. Este criterio busca evitar espacios angostos o de difícil uso, promoviendo distribuciones más equilibradas y habitables.
Iluminación y Ventilación Natural
Uno de los aspectos fundamentales de las Normas de Habitabilidad de Galicia es asegurar que las viviendas dispongan de una iluminación y ventilación natural adecuadas, ya que estos factores inciden directamente en la salubridad, el confort y la eficiencia energética de los espacios habitables.
Iluminación natural: La normativa establece que todas las estancias principales de la vivienda —incluidos los dormitorios, la estancia principal y la cocina cuando tenga consideración de estancia— deben disponer de al menos un hueco acristalado practicable que comunique con el exterior y permita la entrada de luz natural. Este hueco debe representar, como mínimo, un 8% de la superficie útil de la estancia que ilumina. Además, no se permite considerar como iluminadas por medios naturales aquellas estancias cuya profundidad desde el hueco de iluminación supere 2,2 veces la anchura de la estancia o los 7,5 metros de profundidad.
Ventilación natural: Estas mismas estancias deben contar también con ventilación directa al exterior a través del mismo hueco, cumpliendo con una superficie mínima equivalente a un tercio de la superficie de iluminación.
Espacios sin ventilación directa: Para los baños, aseos, lavaderos o tendederos, se permite la ventilación mediante sistemas mecánicos cuando no sea posible disponer de ventilación natural. En ese caso, dichos sistemas deben garantizar una extracción mínima de aire según los caudales establecidos en la normativa técnica aplicable (habitualmente, el CTE DB-HS3). No se permite que estas estancias ventilen a través de otras habitaciones principales.
Cuadrado Inscribible y Proporciones
La normativa gallega de habitabilidad establece que, más allá de cumplir con una superficie útil mínima, las estancias deben tener unas proporciones adecuadas que garanticen su funcionalidad. Para ello, una de las exigencias clave es que en cada estancia se pueda inscribir un cuadrado de determinadas dimensiones, sin interferencias ni obstáculos, lo que asegura que el espacio sea aprovechable y confortable.
En concreto, en la estancia principal debe poder inscribirse un cuadrado de 3,30 metros de lado. En los dormitorios dobles, debe poder inscribirse un cuadrado de 2,60 metros, y en los dormitorios individuales, un cuadrado de 2,20 metros. Este cuadrado debe poder trazarse libremente en planta, sin que lo impidan pilares, mochetas u otros elementos constructivos o de mobiliario fijo.
Además, se exige un ancho libre mínimo entre paramentos enfrentados, que también varía según el tipo de estancia: 2,70 m en la estancia principal, 2,60 m en dormitorios dobles y 2,00 m en individuales. Estas condiciones garantizan no solo una distribución racional del mobiliario y las circulaciones interiores, sino también la posibilidad de ventilar e iluminar correctamente el espacio.
Aspectos Relevantes del Decreto 128/2023
El Decreto 128/2023, que modifica el Decreto 29/2010 sobre condiciones de habitabilidad en Galicia, introduce ajustes que actualizan la normativa para adaptarla mejor a la realidad edificatoria y facilitar su aplicación práctica. A continuación se resumen algunos de los cambios más significativos:
Transformación de locales en viviendas: Se clarifican las condiciones para admitir viviendas en bajos y locales preexistentes, siempre que se cumplan todos los requisitos de habitabilidad, salubridad e iluminación. Aunque no exime del cumplimiento del planeamiento urbanístico, permite su viabilidad sin necesidad de recalificación, lo que abre nuevas posibilidades para la regeneración urbana y el aprovechamiento del parque construido.
Revisión de exigencias técnicas obsoletas: En unos meses se aprobará una modificación que elimina algunas prescripciones que habían quedado superadas por la evolución técnica. Por ejemplo, ya no se exigirá que las cocinas dispongan de chimenea de evacuación de humos si cuentan con un sistema alternativo eficaz, como las campanas extractoras con filtros y recirculación, siempre dentro de los límites de la normativa técnica de ventilación (como el CTE DB-HS3).
Flexibilización de alturas libres mínimas: En casos justificados, como en intervenciones en edificios existentes, se admite una altura libre mínima de 2,40 m. Esto facilita la adecuación de espacios con limitaciones estructurales sin renunciar a condiciones básicas de habitabilidad.
Mayor capacidad de adaptación municipal: Se refuerza la posibilidad de que los ayuntamientos elaboren anexos de habitabilidad, con criterios adaptados a su realidad territorial. Esto permite ajustar determinados parámetros a contextos urbanos específicos, especialmente en entornos rurales, núcleos tradicionales o suelos con condiciones particulares.
Estas modificaciones buscan un equilibrio entre las garantías de calidad residencial y la viabilidad económica y técnica de los proyectos, favoreciendo intervenciones más realistas y sostenibles en el ámbito de la vivienda.
Consejos Finales para tu Proyecto
Si estás proyectando una vivienda nueva o reformando una existente en Galicia, es esencial tener en cuenta desde el inicio todos los requisitos de habitabilidad establecidos por la normativa autonómica. La distribución y el diseño deben ajustarse al programa mínimo exigido por el Decreto 29/2010, modificado por el Decreto 128/2023, que regula aspectos clave como superficies útiles, iluminación, ventilación, proporciones, accesibilidad y organización funcional.
Además, es importante revisar con detalle el planeamiento urbanístico del municipio, ya que algunos ayuntamientos incluyen en sus normativas anexas condiciones específicas que complementan o precisan los criterios generales de habitabilidad.
Si tienes dudas o necesitas asesoramiento, puedo ayudarte a adaptar tu proyecto a la normativa vigente, garantizando no solo su viabilidad legal, sino también su calidad espacial, funcionalidad y confort. Cuento con amplia experiencia en la aplicación de esta normativa y en la redacción de proyectos ajustados a las particularidades de cada parcela y municipio.
Espero que esta información te haya sido útil, y te animo a seguir atento, ya que cada tanto publicaré un nuevo artículo con temas relacionados que podrían ser de tu interés. Si tienes alguna duda puedes dejarme un comentario.
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